El TSJ ordena «nuevamente a la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la República, para que en ejercicio de sus competencias constitucionales dé respuesta a lo requerido en el dispositivo número 9 de la sentencia n° 614 del 19 de julio de 2016, en el plazo de un (1) día hábil contado a partir de su notificación», cita la sentencia.
En este sentido, el máximo juzgado declaró » improcedente el alegato de incompetencia subjetiva de los Magistrados y Magistradas señalados en el libelo y se declara manifiestamente contrario a la verdad procesal lo gravemente afirmado por la Fiscal General de la República respecto a los mismos, cuando entre sus funciones constitucionales está la de garantizar la buena marcha de la administración de justicia, el debido proceso y la ética pública».
Asimismo, la Sala Constitucional ordena remitir copia certificada del presente fallo «a la Sala Plena de este Alto Tribunal y al Consejo Moral Republicano, para que ejerzan las actuaciones que correspondan, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y jurídicas en general».
Con información de AVN