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Con más de Bs. 254 mil sancionarán a dueños de inmuebles de vieja data que no ofertaron

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Con más de Bs. 254 mil sancionarán a dueños de inmuebles de vieja data que no ofertaron
Foto: Archivo

(Valencia 01 de julio. Noticias24 Carabobo) Con multas que ascienden a las 2.000 unidades tributarias por cada vivienda, es decir, 254.000 bolívares, serán sancionados los propietarios que no hayan cumplido con el lapso de 60 días hábiles que establecía la providencia 42 de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (Sunavi).

La providencia, publicada el pasado 28 de marzo, establecía un plazo para que los dueños de edificios con más de 20 años en alquiler ofrecieran en venta los apartamentos a los arrendadores que los habitan desde hace varios lustros.

Decenas de inquilinos celebraron la medida a las puertas de la Sunavi, en Caracas, el pasado viernes, y, de acuerdo con un comunicado de la Red Metropolitana de Inquilinos, el siguiente paso es que las familias alquiladas que no hayan recibido la oferta de venta soliciten las sanciones correspondientes por incumplimiento de la nomativa.

El propietario que no cumpla con la sanción será considerado reincidente y se le doblará la cantidad. De persistir el incumplimiento, la Sunavi puede solicitar el embargo del inmueble.

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, vigente desde noviembre de 2011, estableció en su quinta disposición transitoria que quienes residan alquilados en edificios con más de 20 años destinados a arrendamiento tendrán el derecho a adquirirla, con excepción de los pequeños arrendadores (que tienen uno o dos apartamentos arrendados).

El texto legal justificó esta medida en el hecho de que el monopolio sobre la vivienda en alquiler es contrario al espíritu del instrumento legal, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública.

Dicha Ley fue la primera presentada ante la Asamblea Nacional (AN) por iniciativa popular y fue discutida en el Parlamento con distintos sectores.

La Sunavi publicó en la Gaceta Oficial 40.382, de fecha 28 de marzo de 2014, la providencia con las normas para hacer efectiva esa venta, y precisó que debía realizarse en un lapso máximo de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la normativa.

Asimismo, la Superintendencia determinará el valor justo del inmueble para la venta, de acuerdo con una metodología nacida a partir de la Ley.

Las asociaciones de inquilinos han señalado que el objetivo es erradicar el latifundio urbano, como denominan a las grandes cantidades de inmuebles pertenecientes a una sola persona o grupos económicos que se dedicaron a explotarlos durante décadas.

Con información de AVN.

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