Tania D’Amelio, rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), informó que según la Ley Orgánica de Procesos Electorales el único requisito para votar en el extranjero es que los venezolanos tengan residencia legal en el país donde van a sufragar.
Explicó el artículo 26 de dicha ley, establece la actualización de datos ante la representación diplomática de cada país por parte de los venezolanos legalmente residenciados.
«Las representaciones diplomáticas están facultadas para recibir los reclamos previstos en este Título, los cuales deberán ser remitidos a la Oficina Nacional de Registro Electoral en un plazo no mayor de 15 días hábiles», dijo.
Asimismo, recordó que hasta el 25 de febrero se extiende el proceso de Registro Electoral (RE), para que venezolanos que legalmente residen en el exterior actualicen sus datos o se inscriban como nuevos votantes para sufragar en los venideros comicios.
Con información de Globovisión