(Valencia, 11 de abril. Noticias24 Carabobo) Por medio de la resolución publicada en la Gaceta Oficial número 40.391, quedan establecidas las normas para la adquisición de divisas por parte del sector público, para la cobertura de obligaciones y pagos en moneda extranjera.
A través del Banco Central de Venezuela (BCV) serán liquidadas las divisas, atendiendo a las autorizaciones del Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex).
El sector público e instituciones podrán solicitar divisas para los pagos referidos al abastecimiento urgente en materia agrícola y de salud, para pagos referidos a la seguridad pública y defensa nacional, cancelación de la deuda pública externa de la República; así como para actividades vinculadas con actividades productivas de interés para el Ejecutivo Nacional.
La ordenanza señala que las solicitudes se atenderán de acuerdo a la disponibilidad de divisas que determine el BCV, en conformidad con lo previsto en el artículo 7 del convenio cambiario número 1, con fecha del 5 de febrero de 2003, y serán tramitadas conforme a los procedimientos establecidos por el BCV en la normativa dictada al efecto.
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Con información de Noticias24