(Valencia, 30 de mayo. Nota de Prensa) La Junta Directiva de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) luego de haber desplegado todos los mecanismos a su alcance para obtener, por medio del diálogo, respuesta a nuestras exigencias gremiales por parte del Ministerio de Educación Universitaria, acordó en reunión extraordinaria el pasado miércoles el cese de actividades académicas hasta tanto se resuelva esta grave situación, de la cual responsabilizamos al ciudadano ministro, Pedro Calzadilla.
A continuación las medidas presentadas por la organización gremial:
1) Desde el año 2004, violando los derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva, así como los Convenios 87, 98 y 117 de la OIT, ratificados por Venezuela, sobre el trabajo decente, la libertad sindical y la negociación colectiva, a los profesores universitarios se nos ha negado el derecho a suscribir una nueva contratación colectiva contenida en las Normas de Homologación.
El último episodio de esta negativa lo protagonizó el ciudadano ministro Calzadilla, quien manifestó en la reunión del CNU del pasado martes 28-03-13, ante las autoridades de las máximas casas de estudio del país, su negativa a nombrar la comisión que debe convenir con FAPUV las condiciones de trabajo y remuneración del personal docente de las universidades.
2) Los bajos salarios del personal docente de las universidades públicas del país contravienen una remuneración acorde con la misión de los profesores universitarios (art. 104) y, en todas sus categorías y dedicaciones, están por debajo de la canasta básica, criterio constitucionalmente establecido para fijar el salario mínimo (Art. 91).
3) Los Institutos de Previsión del Personal Docente se encuentran al borde del colapso por razones económicas, y en el convenio que discute el gobierno con las federaciones a su servicio, se pretende centralizar los recursos de nuestra seguridad social en manos de elementos ajenos a la comunidad profesoral de nuestras universidades.
4) El sector estudiantil soporta la existencia de unas providencias deficitarias lo que incide negativamente en las Organizaciones de Bienestar Estudiantil y los servicios que ellas prestan. La beca de 400 bolívares impide que se cumpla el principio de igualdad de oportunidades para el acceso a la educación universitaria que establece la Constitución.
5) Las autoridades rectorales y decanales no han podido ser renovadas como consecuencia de violaciones flagrantes a la autonomía universitaria. Esta autonomía se ve más comprometida aún con el peligro de aprobación de una convención colectiva a la cual no han sido convocadas las autoridades universitarias y en la que se liquida la libertad de cátedra y la carrera docente.
6) Se pretende criminalizar el conflicto universitario que estamos desarrollando por un salario digno, a través del acoso judicial contra FAPUV.
En consecuencia, la Junta Directiva de la Federación acordó:
• Felicita al profesorado por su vocación universitaria y haber asumido responsablemente las acciones gremiales emprendidas.
• Solicita nuevamente al Ministro de Educación Universitaria un diálogo sin exclusión de ninguna índole, para garantizar el fiel cumplimiento de los derechos laborales establecidos en la Constitución Nacional.
• Acuerda el cese de actividades académicas hasta que se dé respuesta favorable a las justas demandas de los universitarios. Esto se va a desarrollar con presencia permanente en nuestras instituciones para la realización de las actividades y acciones del conflicto.
• Invita a los gremios universitarios hermanos a seguir uniendo esfuerzos en esta lucha por la Universidad venezolana, nuestros derechos laborales y las providencias estudiantiles.
• Acuerda intensificar las acciones de protesta en la calle.
• Rechaza el acoso judicial patronal contra nuestra justa lucha, que pretenden perpetrar a través de un recurso de amparo donde se nos responsabiliza por el derecho al estudio, cuyo garante es el Estado. Cuando el gobierno se niega a financiar suficientemente la educación, viola ese derecho fundamental al estudio, así como el derecho de los trabajadores universitarios a su sustento.