jueves, noviembre 21, 2024
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Cuerpo de inspectores velarán derecho de trabajadores ante amenaza de paro

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IOTA Latino
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Para atender y defender el derecho de los trabajadores ante la amenaza y el llamado arbitrario de la Mesa de la Unidad (MUD) a un ilegal paro cívico nacional denominado “Hora Cero”, el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo desplegará este jueves el cuerpo de inspectores en el territorio nacional.

trabajadores
Foto: Referencial

El ministro de esa cartera, Néstor Ovalles, indicó en contacto telefónico con Venezolana de Televisión(VTV) que este jueves debe ser un día normal y que el Estado tomará medidas para garantizar, como lo establece el artículo 87 de la Constitución Bolivariana, el derecho de los trabajadores y trabajadoras.

“Hemos constituido un cuerpo de inspectores especial donde participarán los fiscales del seguro social, los inspectores del Inpsasel y supervisores del Ministerio del Trabajo”. Agregó que mientras la derecha llama a la desestabilización, el Gobierno Nacional ha hecho llamados al trabajo y a la producción.

Manifestó que el Ministerio del Trabajo ha dispuesto la línea telefónica 0800-Trabajo para que quienes se sientan vulnerado a su derecho al trabajo puedan formalizar sus denuncias.

Aseguró que existen medidas sancionatorias en el Ordenamiento Jurídico Venezolano, en la Ley orgánica del Trabajo y otras instancias legales y por ende, en garantía del Estado de Derecho, se tomarán medidas contundentes sobre aquellas organizaciones que se sumen al plan de paralización ilegal.

A continuación texto íntegro del artículo 87 de la Constitución Bolivariana de Venezuela

Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona puede obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a otras restricciones que las que la ley establezca.

Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones. 

Con información de VTV 

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