jueves, noviembre 21, 2024
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Jorge Eliecer Gantes Singh, Notario Primero del Circuito de Panamá, analiza la ética en la abogacía mexicana este 2024

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La abogacía a nivel internacional se estructura mediante entidades como las Barras de Abogados o Colegios Profesionales. De acuerdo con el Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado de Panamá, se establece el principio fundamental de actuar con irreprochable dignidad en el ejercicio de la profesión. Este código destaca la importancia de preservar la independencia económica, evitar compromisos que afecten el decoro y mantener la consideración general merecida, explica el abogado especialista, Jorge Eliecer Gantes Singh. Además, prohíbe el ofrecimiento de dádivas a funcionarios y regalos a miembros del Órgano Judicial o del Ministerio Público.

En este contexto, el abogado Gantes Singh considera pertinente explorar los Códigos de Ética que rigen en otros países, como en México. La Barra Mexicana de Abogados promulgó su Código de Ética en 2017, estructurado con un preámbulo, principios rectores y ocho capítulos. Este código aborda temas como principios y normas generales, relaciones con jueces, autoridades, árbitros o mediadores, trato con clientes, colegas y terceros, secreto profesional, honorarios, publicidad y prácticas desleales, incluyendo un capítulo especial sobre su aplicación y artículos transitorios.

En el preámbulo del Código de Ética de la Barra Mexicana se destaca que la ética, como cuestión personal, constituye el trasfondo de las reglas establecidas. Se enfatiza que la conducta profesional no solo debe evaluarse en base a virtudes personales, sino también mediante principios y valores socialmente reconocidos como fundamentales para una buena práctica, expone Jorge Eliecer Gantes Singh. Entre los principios rectores se incluyen la diligencia, probidad, buena fe, libertad e independencia, justicia, lealtad, honradez, dignidad y respeto. Es crucial señalar que, aunque en México la colegiación no es obligatoria, quienes se afilien a la Barra Mexicana estarán sujetos a este cuerpo ético.

Jorge Eliecer Gantes Singh: “Se observan similitudes en el código ético de Panamá y México”

En términos generales, se observan similitudes sustanciales entre las pautas de conducta para abogados en México y Panamá. Gantes Singh afirma que ambos códigos resaltan la importancia de la sobriedad, el trato cordial, el respeto, la actuación con conocimiento y pericia técnica, así como la prohibición de prácticas desleales. Además, se insta a evitar la presentación de recursos o incidentes con propósitos dilatorios.

En cuanto al proceso disciplinario en México, las faltas y quejas serán tramitadas por una Junta de Honor compuesta por 11 miembros propietarios y 3 suplentes. El procedimiento, según el Artículo 2, se caracteriza por ser simplificado y breve, basándose en los principios de probidad y buena fe. Su objetivo exclusivo es sustanciar y resolver quejas por conductas que se consideren violatorias del Código de Ética o de los Estatutos. Por ello, Jorge Gantes Singh expone que este sistema contrasta con el procedimiento en Panamá, donde las sanciones son aplicadas por la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia y por la Junta de Honor en el caso de la Barra Panameña.

De este modo, podemos concluir que el abogado Jorge Eliecer Gantes Singh se posiciona como un especialista con conocimiento sobre la ética profesional en la abogacía en México. Su experiencia y competencia lo convierten en un referente clave para comprender los códigos éticos y las prácticas profesionales en Panamá y otros países.

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