El Ministerio de Energía Eléctrica prohibió la producción, distribución y comercialización de lámparas incandescentes tipo convencional con tensión de alimentación superior a 100 voltios y la potencia eléctrica mayor o igual a 25 W en todo el país.
Dicho ministerio, según la Gaceta Oficial número 41.314, de fecha 5 de enero, emitirá «excepcionalmente» el Premiso de Importación que certifique las razones técnicas y operativas que justifiquen el uso e importación de las lámparas mencionadas, reseñó El Universal.
El incumplimiento de esta resolución por parte de las personas naturales o jurídicas fabricantes, importadoras, distribuidoras, comercializadoras de lámparas incandescentes tipo convencional y establecimientos comerciales que expendan ese bien, dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en el Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos y en la Ley del Sistema Venezolano para la Calidad.