(Valencia, 01 de abril. Noticias24 Carabobo) La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inconstitucional la reforma parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, sancionada el pasado 3 de marzo por la Asamblea Nacional (AN).
Mediante un comunicado de prensa el máximo tribunal del país informa el resultado de esta sentencia tras analizar el proyecto de ley enviado el pasado 17 de marzo a la Sala Constitucional por el presidente de la República, Nicolás Maduro, para evaluar la constitucionalidad del texto presentada por el Parlamento.
Tras la evaluación, el TSJ declaró «que la ley sancionada por la Asamblea Nacional contraviene lo establecido en el cardinal octavo de la Disposición Transitoria Cuarta de la Carta Magna, por cuanto la reforma pretende atribuirle al Parlamento Nacional competencias para designar, ratificar y remover al Presidente y demás directores del BCV, al margen de los preceptos constitucionales».
Asimismo, el Máximo Tribunal estima que esta reforma de la Ley del BCV pretende frenar las funciones del Presidente de la República otorgadas por el Decreto de Emergencia Económica, declarada constitucional y vigente por el TSJ desde enero de este año.
Agrega además que pretende burlar las atribuciones del Ejecutivo Nacional en el contexto de una emergencia económica válidamente decretada.
«La Máxima Intérprete de la Constitución estableció que, con la pretendida reforma, la Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder, al perseguir fines distintos de los constitucionalmente permitidos, por cuanto, se develó que el objetivo buscado es tomar el control administrativo del Instituto Emisor, con lo cual se atenta en contra de la autonomía del BCV y, en consecuencia, contra la estabilidad de la economía nacional», expresa la sentencia.