Según la sentencia N° 878 difundida este lunes, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) extendió a 6 meses el plazo para la renovación de los partidos políticos que se encuentran vencidos.
En principio, el cronograma establecido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) culminaba el 30 de noviembre. Ahora se prolongará hasta mayo del 2017.
“El partido político que no cumpla con el proceso de renovación de su inscripción ante el órgano rector electoral, no podrá participar en ningún proceso electoral”, indica la Sala Constitucional.
Los magistrados recordaron que de 67 organizaciones políticas nacionales inscritas ante el CNE, 62 de ellas, no renovaron ante el órgano rector electoral, sus nóminas de inscritos a los fines de mantenerse vigentes, como se indicó en sentencia N° 1 del 5 de enero de 2016.
Dicha omisión les genera la consecuencia jurídica de la cancelación definitiva de su inscripción como organizaciones políticas, perdiendo el uso de sus siglas y símbolos distintivos, conforme a lo previsto en la Ley de Partidos Políticos.
Con información de Últimas Noticias