La Embajada de Italia en Venezuela invitan a los ciudadanos italianos que residen en Venezuela a participar en las elecciones parlamentarias que se celebrarán el día 4 de marzo de 2018.
En la Circunscripción Exterior se vota para elegir un total de 12 diputados y 6 senadores, de los cuales 4 diputados y 2 senadores corresponden a la repartición de América Meridional, a la cual pertenece Venezuela.
¿Quiénes votan?
Votan en el exterior, por correo, los electores inscritos en el AIRE (registro de los italianos residentes en el exterior) y aquellos temporalmente en el exterior por razones de trabajo, estudio o tratamientos médicos que hayan presentado la opción de voto en el exterior antes del 31 de enero de 2018 y sus familiares convivientes.
¿Cómo se vota?
Se vota por correo según las modalidades indicadas en la Ley 27 de diciembre 2001 n. 459 y por el Decreto de la Presidencia de la República del 2 de abril de 2003 n. 104. En particular:
a) El Consulado General en Caracas y el Consulado en Maracaibo enviarán por correo a cada elector un sobre que contiene:
El certificado electoral (es decir el documento que certifica el derecho al voto).
Las listas de los candidatos de su repartición (Cámara y Senado).
Las boletas electorales (una para la Cámara y una para el Senado).
Un sobre pequeño completamente blanco.
Un sobre prepagado, con la dirección del Consulado correspondiente.
Una hoja informativa.
b) El elector que no haya cumplido los 25 años de edad a la fecha del 4 de marzo de 2018 recibe sólo la boleta y la lista para la Cámara de los Diputados.
c) El elector expresa su voto marcando (con una cruz o una barra) el logo correspondiente a la lista escogida o también marcando el rectángulo de la boleta que lo contiene, utilizando ÚNICAMENTE un bolígrafo de color negro o azul.
d) Cada elector puede expresar su voto de preferencia escribiendo el apellido del candidato en la línea al lado del logo votado. La ley establece que el número de preferencias varíe de acuerdo a la repartición (máximo dos preferencias en las reparticiones a las que han sido asignados dos o más diputados o senadores y máximo una preferencia en las otras). Cada elector puede expresar tantas preferencias cuantas son las líneas al lado de cada símbolo.
e) La boleta o las boletas, deben ser introducidas en el sobre blanco que debe ser cuidadosamente cerrado y contener sólo y exclusivamente las boletas electorales. Este sobre, a su vez, deberá ser colocado en el sobre prepagado.
f) El sobre prepagado, así confeccionado, debe ser enviado por correo, de manera que llegue a las oficinas Consulares correspondientes, antes y no más allá de las 4:00 p.m. del 1 marzo de 2018.
Los electores que a la fecha del 18 de febrero no hayan recibido el sobre, podrán solicitarlo personalmente en el Consulado General en Caracas o en el Consulado en Maracaibo, o hacer llegar su solicitud a la dirección de correo electrónico: elettorale.caracas@esteri.it o consolato.maracaibo@esteri.itacompañada de un documento de identidad vigente (inclusive expedido por las autoridades venezolanas).
Para la entrega de los duplicados, para quienes deseen retirarlo personalmente, el Consulado General en Caracas y en Maracaibo permanecerán abiertos el domingo 18 de febrero, el sábado 24 y el domingo 25 de febrero desde las 9:00 a.m., hasta las 4:00 p.m., y de lunes a viernes la entrega de los duplicados se realizará desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m.
Atención
En las boletas electorales, en el sobre blanco pequeño en el cupón, no debe aparecer ningún signo distintivo.
En el sobre prepagado no hay que escribir el remitente.
El sobre blanco pequeño y las boletas deben estar íntegros.
El voto es personal, libre y secreto.
Está prohibido votar varias veces.
El elector tiene la obligacion de cuidar personalmente el material electoral recibido de los Consulados.
Está terminantemente prohibido ceder el material electoral a terceros.
Penalizaciones
Se les advierte a los ciudadanos que vayan a participar en los comicios del 4 de marzo de 2018 que: Quien viola las disposiciones en materia incurre en las sanciones previstas por la ley. El art.18 de la L.459/2001 dispone:
1. Quien comete en el exterior alguno de los delitos previstos por el texto único de las leyes referentes a la elección de la cámara de los diputados, según el decreto del presidente de la República del 30 de marzo de 1957, n.361, y siguientes modificaciones, es castigado de acuerdo a la ley italiana. Las sanciones previstas por el artículo 100 del citado texto único, en caso de voto por correspondencia, se redoblan.
2. Cualquiera que en ocasión de las elecciones de las cámaras o de los referéndum vota tanto por correspondencia como en la mesa electoral de última inscripción en Italia, o vota más de una vez por correspondencia es castigado con prisión de 1 a 3 años y con la multa de 52 euro a 258 euros.
Con información de Globovisión