(Valencia, 4 de enero. Noticias24 Carabobo) El abogado constitucionalista Hermann Escarrá aseguró que el presidente Chávez puede asumir en una fecha posterior al 10 de enero. Sin embargo, explicó que esto depende de “si es o no es subsanable” su problema de salud.
El debate sobre la toma de posesión del Presidente, se ha centrado en el artículo 231 de la Carta Magna, que establece textualmente: “El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia”.
Escarrá explicó que ese artículo es de aplicación “imperfecta” porque separa dos ideas con un punto y en la segunda idea, no se establece un día específico para celebrar el acto, indica Ciudad CCS.
“Hay que evaluar si la situación planteada amerita que fenezca el mandato popular o por el contrario, se establece un plazo para evaluar la eventual recuperación del Presidente”, explicó el abogado, que resaltó que la decisión final recae en el TSJ.
Escarrá recordó que en la Constitución se establece la figura de la junta médica, decretada por el TSJ y aprobada por la AN, para evaluar la capacidad o no del Presidente para gobernar por razones de salud.
“El problema es si es o no es subsanable la situación de salud del Presidente. Solo los médicos pueden dictaminar si el candidato elegido como presidente puede regresar a ejercer la primera magistratura. Si es así, el tema del día en que se juramenta tendrá otra connotación”, concluyó el jurista.
Con información de El Informador