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Próximo Alcalde de Valencia tomará posesión de su cargo un mes después de ser proclamado

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Video: YouTube, 07/12/2013

(Valencia, 07 de diciembre. Noticias24 Carabobo) El artículo 97 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, establece que el alcalde electo tomará juramento y posesión de su cargo al instalarse el Concejo Municipal, situación que varía dependiendo del Reglamento de Interior y de Debates de cada municipio, ya que el documento jurídico no regula la instalación del parlamento local.

Así lo explicó el abogado municipal, Héctor Hernández Manzano, quien sobre este tema, se refirió específicamente al municipio Valencia. Señaló que el Reglamento de Interior y de Debates de la jurisdicción, establece que el Concejo Municipal se instalará a un mes después de proclamado los ediles electos.

“Instalado el Concejo Municipal quedan dos alternativa: o el concejo llega y decide por mayoría que el alcalde toma posesión ese mismo día o en la fecha que ellos dispongan. Es importante resaltar que el caso específico de Valencia no es inmediatamente después de ser proclamados que se irán a la sede del cámara a reunirse, debe ser un mes posterior”, enfatizó el especialista en el programa de opinión Dígalo Usted, transmitido por Dat Televisión, bajo la conducción de la periodista Yatzú López.

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