Una sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se ordenó al Consejo Nacional Electoral, excluir a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), de participar en el proceso de validación de partidos, a realizarse este 27 y 28 de enero.
Como se recordará, las organizaciones políticas que integran la mencionada coalición opositora, había informado sobre su decisión de participar en el proceso de legalización, ordenado por la Asamblea Nacional Constituyente.
El poder legislativo determinó que la MUD, al ser una “agrupación de diversas organizaciones políticas ya renovadas y otras pendientes de renovación”, estaría violando “abiertamente la prohibición de la doble militancia (…) establecida en el dispositivo número 4 de la sentencia n° 1 del 5 de enero de 2016 y en el artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones”.
Esto impide que la coalición opositora pueda inscribir su tarjeta para los próximos comicios presidenciales que deberían realizarse antes del 30 de abril, luego de una decisión emitida por la plenipotenciaria Asamblea Nacional Constituyente (ANC), órgano compuesto integramente por afectos al Gobierno y el cual no es reconocido por la oposición venezolana y por varios países del mundo.
Con información de El Universal
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