El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) aseguró que no hay beneficios procesales en casos de violencia contra menores de edad.
En ese sentido, la Sala Constitucional reiteró que tampoco existen fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, en el juzgamiento de algunos delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes.
La magistrada de la Sala Constitucional del máximo tribunal, Tania D´Amelio, argumentó que esto ocurre por la atrocidad que comprenden estos delitos y el alto impacto social que corresponden estas “graves violaciones a los derechos humanos alcanzando un nivel elevado de reproche dentro del mundo jurídico».
Los delitos
En este sentido, explicó que la decisión del TSJ aplica en el juzgamiento de los siguientes delitos de violencia contra menores:
- Violencia sexual.
- Acto carnal con víctima especialmente vulnerable.
- Prostitución forzada.
- Esclavitud sexual.
- Tráfico ilícito de mujeres, niñas y adolescentes.
- Trata de mujeres, niñas y adolescentes.
- Explotación sexual de niños y adolescentes varones, cometido en forma continuada y abuso sexual niños y adolescentes cometidos de manera continuada.
Cabe destacar que, esta sentencia fue publicada en el año 2017; sin embargo, la Sala Constitucional reiteró la información luego de los recientes casos de violaciones a siete niñas y el asesinato de una menor en el municipio Guacara, del estado Carabobo.
Sentencia N° 91 del 15/03/2017 | La Sala Constitucional estableció que no podrán otorgarse beneficios procesales ni fórmulas alternativas de cumplimiento de pena en el juzgamiento de algunos delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes… (1/2) pic.twitter.com/j68sw2wxR7
— Tania D´Amelio Cardiet (@taniadamelio) October 26, 2022
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